SBS publicó proyectos que benefician
a miles de usuarios
Pasar por un chequeo previo para demostrar que no
tenemos ninguna enfermedad con el fin de acceder a una póliza de seguro de
salud ya es cosa del pasado. En efecto gracias al proyecto de normas
complementarias aplicables a los seguros de salud, presentado por la
Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), las empresas están obligadas a
cubrir dolencias preexistentes.
El proyecto publicado el 2 de abril pasado establece
que las empresas de seguros de salud no podrán rechazar el tratamiento de
enfermedades previas a sus usuarios, ni negar la cobertura a las personas con
discapacidad.
Cabe señalar que esta disposición incluye a los planes
de salud ofrecidos por las Empresas Prestadoras de Salud (EPS) y la continuidad
de la cobertura de las preexistencia no se restringe en ningún caso a una sola
empresa, sino a cualquiera del sistema peruano.
Se aplica a enfermedades que requieren de continuidad en la atención médica, y que
hayan estado cubiertas por un contrato de seguro en el periodo inmediato
anterior. Un punto a resaltar en la normativa es el que obliga a que las
empresas del sector implementen planes de salud para personas con discapacidad.
Además de la citada norma, la SBS también presentó
otros cinco reglamentos que precisan y complementan la Ley del Contrato de
Seguros, cuyo objetivo es reforzar la protección de los usuarios.
Otra de las iniciativas presentadas fue el reglamento
de las pólizas electrónicas, las cuales podrán aplicarse a todos los seguros
con excepción de las rentas vitalicias o pensiones por jubilación.
Asimismo publicó un proyecto que específica cual será
el procedimiento para la gestión y el pago de siniestros, determinando los plazos
y el importe que se deberá pagar.
Para un mejor servicio la SBS ha dispuesto la creación
del sistema de atención al usuario y del Oficial de atención al usuario en las
empresas de seguros.