OBLIGACIONES
DE LOS EMPLEADORES Y CONTRATISTAS EN LA NUEVA LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
Autor:
Juan Carlos Agramonte Mostajo
Fuente:
Revista de Economía y Negocios
Marzo-abril
2012
Año
3
Número
13
La seguridad y salud de los trabajadores dentro de la
empresa siempre ha sido tema muy importante en la gestión empresarial; el
crecimiento económico de los últimos años ha generado una mayor preocupación
del Estado por el cumplimiento de las normas de seguridad y salud. El presente
artículo busca resaltar los principales cambios introducidos por la Nueva Ley
de Seguridad y Salud en el Trabajo (Ley 29783, publicada el 28 de agosto de
2011, en adelante LSST), que constituye un esfuerzo orgánico y sistemático para
regular de manera general, para todos los sectores económicos, los problemas
asociados con la seguridad y salud de los trabajadores, incluyendo a empresas
contratistas y/o proveedores que presten servicios para otras compañías.
La LSST tiene como objetivo principal promover una
cultura de prevención de riesgos laborales y concientizar, a través del
“principio de prevención”1,
a los empleadores, al Estado en su rol de fiscalización y control, así como el
desarrollo de los estándares mínimos que
deben tener las empresas en materia de seguridad y salud.
Ambito
de aplicación
El ámbito de aplicación, conforme al artículo 2 de la
LSST, es para todos los sectores económicos y de servicios, comprende a todos
los empleadores y trabajadores bajo el régimen laboral de la actividad privada,
incluyendo a las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y trabajadores por cuenta
propia.
Es importante señalar que las empresas grandes ya
tienen desarrollados sistemas de gestión de seguridad –por ejemplo, ISO 14000-
o tienen que cumplir normas sectoriales especificas, como es el caso de la
minería, que está regulada por el Decreto Supremo 055-2010-EM – Reglamento de
Seguridad y Salud Ocupacional – y otras medidas complementarias en minería. Con
esta Ley, todas las empresas, sin importar el sector o tamaño, tienen que
cumplir los estándares mínimos de seguridad y salud.
Asimismo, la empresa titular que contrate los servicios
de empresas contratistas, subcontratistas, tercerizadoras o empresas
intermediadoras tiene que garantizar la seguridad de dichos trabajadores en sus
instalaciones. Por tanto, uno de los aspectos por evaluar para contratarlas
será el nivel de cumplimiento de las normas de seguridad; es decir, que las
contratistas tengan sistemas de gestión y evaluación de riesgos, ya que las
empresas titulares van a preferir contratar con las contratistas que puedan demostrar
que cuentan con esos sistemas. Caso contrario, les exigirán alguna garantía que
pueda cubrir el incumplimiento de las normas de seguridad o simplemente no los
contratarán.
La LSST establece un sistema integral de gestión de
seguridad y salud. Entre las principales obligaciones, pueden señalarse las
siguientes:
Obligación
|
Artículo
|
Desarrollo
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Medidas de prevención y protección del Sistema de
Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
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Artículo 21 LSST
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· Eliminación
de los peligros y riesgos.
· Tratamiento,
control o aislamiento de los peligros y riesgos.
· Minimizar
los peligros y riesgos.
· Programar
la sustitución progresiva de sustancias y productos peligrosos.
· En
último caso, facilitar los equipos de protección personal adecuados.
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Registros del Sistema de Gestión de la Seguridad y
Salud en el Trabajo
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Artículo 28 LSST
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Implementar los registros y la documentación del
Sistema de Gestión. (El Reglamento detallará los registros).
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Comités de seguridad y salud
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Artículo 29 LSST
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Las empresas con 20 o más trabajadores deberán contar
con un comité conformado en forma paritaria entre los empleadores y los
trabajadores.
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Reglamento interno de seguridad y salud
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Artículo 34 LSST
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Las empresas con 20 o más trabajadores deberán contar
con un Reglamento Interno de Seguridad y Salud
|
Responsabilidades del empleador dentro del sistema de
gestión
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Artículo 35 LSST
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· Entregar
a los trabajadores el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo.
· Realizar
cuatro capacitaciones al año en materia de SST.
· Adjuntar
al contrato de trabajo las recomendaciones de SST.
· Elaborar
un mapa de riesgos
|
Investigación de accidentes, enfermedades e
incidentes
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Artículo 42 LSST
|
Investigar los accidentes, enfermedades e incidentes;
identificar los factores y las causas inmediatas.
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Auditorías del Sistema de Gestión de la Seguridad y
Salud en el Trabajo
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Artículo 43 LSST
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El empleador deberá realizar auditorías periódicas
para comprobar si el sistema de gestión es adecuado. La auditoría se
realizará por auditores independientes.
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Reportar los accidentes, enfermedades e incidentes
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Artículo 82-84 LSST
|
Reportar al Ministerio de Trabajo:
· Accidentes
de trabajo mortales.
· Los
incidentes peligrosos.
· Enfermedades
profesionales.
|
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