lunes, 28 de mayo de 2012


OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES Y CONTRATISTAS EN LA NUEVA LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Autor: Juan Carlos Agramonte Mostajo

Fuente: Revista de Economía y Negocios

Marzo-abril 2012    
Año 3
Número 13

La seguridad y salud de los trabajadores dentro de la empresa siempre ha sido tema muy importante en la gestión empresarial; el crecimiento económico de los últimos años ha generado una mayor preocupación del Estado por el cumplimiento de las normas de seguridad y salud. El presente artículo busca resaltar los principales cambios introducidos por la Nueva Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo (Ley 29783, publicada el 28 de agosto de 2011, en adelante LSST), que constituye un esfuerzo orgánico y sistemático para regular de manera general, para todos los sectores económicos, los problemas asociados con la seguridad y salud de los trabajadores, incluyendo a empresas contratistas y/o proveedores que presten servicios para otras compañías.

La LSST tiene como objetivo principal promover una cultura de prevención de riesgos laborales y concientizar, a través del “principio de prevención”1, a los empleadores, al Estado en su rol de fiscalización y control, así como el desarrollo de los estándares  mínimos que deben tener las empresas en materia de seguridad y salud.

Ambito de aplicación

El ámbito de aplicación, conforme al artículo 2 de la LSST, es para todos los sectores económicos y de servicios, comprende a todos los empleadores y trabajadores bajo el régimen laboral de la actividad privada, incluyendo a las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y trabajadores por cuenta propia.

Es importante señalar que las empresas grandes ya tienen desarrollados sistemas de gestión de seguridad –por ejemplo, ISO 14000- o tienen que cumplir normas sectoriales especificas, como es el caso de la minería, que está regulada por el Decreto Supremo 055-2010-EM – Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional – y otras medidas complementarias en minería. Con esta Ley, todas las empresas, sin importar el sector o tamaño, tienen que cumplir los estándares mínimos de seguridad y salud.



Fiscalización de las obligaciones de seguridad y salud en el trabajo

Conforme a las Disposiciones Complementarias de la LSST, la fiscalización de las obligaciones de seguridad y salud en el trabajo es competencia del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), y las sanciones estarán de acuerdo con la gravedad de la falta y el número de trabajadores afectados, de acuerdo  con los parámetros indicados en la Ley General de Inspección de Trabajo (Ley 28806). Es importante señalar que, recientemente, estas facultades han sido reglamentadas por el Decreto Supremo 002-2012-TR, indicando que el MTPE tiene competencia para supervisar, fiscalizar y sancionar el cumplimiento de las normas de seguridad y salud en los sectores de energía y minas. Por tanto, las normas de energía y minas no vinculadas con las obligaciones o derechos laborales sobre seguridad y salud en el trabajo no son competencia del MTPE.

Sanciones penales

Otro cambio muy importante es la incorporación de nuevos artículos al Código Penal por atentados contra las condiciones de seguridad e higiene industriales.2 A partir de ahora, el empleador que no adopte las medidas de prevención –por ejemplo, no tener un sistema de gestión, no entregar implementos de protección personal, etc.- y que ocasione daños a los trabajadores será sancionado con pena privativa de la libertad. Son los jefes de seguridad, los gerentes e incluso los directores quienes tienen que velar por el cumplimiento de las normas de seguridad; caso contrario, pueden terminar en un proceso penal.

Cabe agregar que la forma agravada del delito –es decir, que por muna inobservancia de las normas de seguridad se produzca un accidente mortal o lesiones graves- la pena no será menor de cinco ni mayor de diez años. Ello sin perjuicio de la indemnización a las víctimas o sus herederos de los accidentes de trabajo o de enfermedades profesionales, pudiendo el propio MTPE determinar el pago de la indemnización, cuando haya comprobado los hechos fehacientemente producto de la vía inspectiva.

Conclusiones

·         La LSST es una norma general para todos los sectores económicos e impone obligaciones que tienen que ir implementándose en todas las empresas.

·         El MTPE es el ente encargado de su fiscalización y quien debe verificar el cumplimiento de las obligaciones establecidas.

·         Las empresas titulares que contraten con servicios de contratistas o proveedores serán responsables solidarios por la seguridad de los trabajadores; por tanto, aquellas contratistas que no cuenten con sistemas de gestión de seguridad perderán competitividad.

·         La LSST es una oportunidad para que las empresas contratistas obtengan una ventaja competitiva, al cumplir con las normas de seguridad.

·         Las modificaciones del Código Penal conllevan una pena privativa de libertad para los empleadores que no cumplan con las normas de seguridad.

Notas:

1 Principio de prevención: el empleador garantiza, en el centro de trabajo, el establecimiento de los medios y condiciones que protejan la vida, la salud y el bienestar de los trabajadores, y de aquellos que, no teniendo vínculo laboral, prestan servicios o se encuentran dentro del ámbito del centro de labores. Debe considerar factores sociales, laborales y biológicos, diferenciados en función del sexo, incorporando la dimensión de género en la evaluación y prevención de los riesgos en la salud laboral.

2 Artículo 168-A. Atentado contrato las condiciones de seguridad e higiene industriales. El que, infringiendo las normas de seguridad y salud en el trabajo y estando legalmente obligado, no adopte las medidas preventivas necesarias para que los trabajadores desempeñen su actividad, poniendo en riesgo su vida, salud o integridad física, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de dos años ni mayor de cinco años. Si, como consecuencia de una inobservancia de las normas de seguridad y salud en el trabajo, ocurre un accidente de trabajo con consecuencias de muerte o lesiones graves, para los trabajadores o terceros, la pena privativa de libertad será no menor de cinco años ni mayor de diez años.




jueves, 15 de marzo de 2012

Beneficios:


-       Reduce significativamente los costos operativos mediante la racionalización de recursos al interior de la organización, junto con la identificación de conductas y hábitos inadecuados, y promueve una cultura del ahorro.
-       Apoya a la organización en su esfuerzo por sensibilizar a sus colaboradores respecto a temas ambientales (mecanismos de motivación del personal).
-       Evidencia un compromiso público de la empresa con la protección del medio ambiente en concordancia con las actividades internas.
-       Las inversiones y costos relacionados tienen un plazo corto de retorno.

Base legal relacionada:

-       Ley General de Residuos Sólidos (Ley Nº 27314)
-       Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos.
-       Plan Nacional de Gestión Integral de Residuos Sólidos.
-       Guía de ecoeficiencia para Instituciones Públicas, Ministerio del Ambiente (2009).
Pasos a seguir:

-       Identificación de los requisitos legales que le son aplicables a la empresa.
-       Definición de una política ambiental y de un plan de ecoeficiencia de acuerdo a las necesidades particulares de cada empresa.
-       Identificación de prioridades y determinación de los objetivos ambientales en el corto y mediano plazo.
-       Establecimiento de recursos y de una estructura orgánica para implementar el plan de ecoeficiencia, mediante un equipo de trabajo con responsabilidades y funciones específicas.
-       Determinación de los procesos de planificación, control, corrección, y monitoreo que asegure el cumplimiento del plan de ecoeficiencia, estableciendo el indicadores de desempeño para el  seguimiento de los resultados.
-       Permanente aplicación de planes de difusión y estrategias de comunicación interna que contribuyan a la sensibilización de los colaboradores para la implementación del Plan de Eco eficiencia establecido.

La búsqueda del desarrollo sostenible, ha redefinido su rol frente a la sociedad, a través de un nuevo modelo de gestión: la responsabilidad social, que incluye el medio ambiente como un grupo de interés de importancia para todas las empresas cualquiera sea el sector económico en el que se desarrollan, por ello, integrar prácticas de ecoeficiencia es una inversión estratégica de alta rentabilidad en el corto plazo. Esperándose que las empresas ofrezcan de manera eficiente, ética y ecológica los productos y servicios que los consumidores necesitan y desean.

AUTOR: Ana Lucía Pinto
FUENTE: Revista Energiminas, año 3, setiembre-octubre 2011, número 13, página 127

Requerimientos básicos para un plan de ecoeficiencia


-       Compromiso de Alta Gerencia: establecimiento de un Comité de ecoeficiencia.
-       Definir una línea base a través de un diagnóstico ambiental corporativo para definir objetivos claros y campos de acción del plan de ecoeficiencia.
-       Análisis costo/beneficio de las inversiones relacionadas a las oportunidades de mejora identificadas (cálculo de la tasa de retorno: costo de reducción estimado sobre la inversión según componente del plan de ecoeficiencia).
-       Talleres de sensibilización y concientización sobre la política ambiental de la empresa.
-       Integración de la importancia de la protección del medio ambiente a la cultura organizacional a través de programas de difusión interna.
      -   Promover cambios de hábitos (medidas que no implican costos adicionales), y no implican                  necesariamente una disminución de la comodidad de los colaboradores

La ecoeficiencia un esfuerzo continuo y estratégico:


El mercado ya obliga a las empresas a desarrollar e implementar proyectos de ecoeficiencia, es decir que aquellas empresas que comunican sus esfuerzos en materia ambiental, ya son reconocidas por sus clientes, no sólo en su imagen y transparencia, sino en el valor económico de sus acciones.

Es así que el Dow Jones Sustainability Indexes incluye aspectos relacionados a: prioridades de las empresas en materia de desarrollo sostenible, medición de la huella de carbono, programas para la reducción del consumo de energía, y agua, así como de reducción de emisiones de CO2, prácticas de reciclaje, utilización de material reciclado en los procesos de fabricación, políticas sobre materiales de empaque, entre otros aspectos a resaltar.

LAS EMPRESAS Y EL MEDIO AMBIENTE



La ecoeficiencia incorpora aspectos económicos, sociales y ambientales, por lo que logra la reducción de costos operativos de las empresas, bienestar de la comunidad y contribuye directamente a la protección del medio ambiente.

EL PERU ES UN PAIS muy vulnerable al cambio climático, como consecuencia de ello es importante y urgente identificar e implementar medidas de mitigación desde el ámbito empresarial. Dentro de las medidas de mitigación que las empresas pueden implementar como parte de una gestión ambientalmente moderna y responsable se encuentra la ecoeficiencia, práctica que hace que la empresa redefina también su rol en materia ambiental y como consecuencia de ello se convierta en un agente de cambio sobre el análisis del impacto ambiental por operaciones propias.

El Consejo  Mundial de Negocios para el Desarrollo Sostenible (WBCSD), define la ecoeficiencia como el mecanismo que logra por medio del suministro de bienes y servicios a precios competitivos satisfacer las necesidades humanas y proporcionar calidad de vida mientras se reduce, progresivamente, el impacto ambiental y el consumo de recursos a lo largo del ciclo de vida de los productos y/o servicios.

Por ello, la conciencia ambiental, la preocupación por la escasez de recursos y los valores de una gestión ambientalmente responsable generan modificaciones en los parámetros de gestión de las empresas; buscando implementar nuevas soluciones para un menor consumo de recursos en sus operaciones. La ecoeficiencia no es ajena al “triple bottom line”, ya que incorpora aspectos económicos, sociales y ambientales, por lo que logra la reducción de costos operativos de las empresas, bienestar de la comunidad y contribuyente directamente a la protección del medio ambiente.

Es así que, la ecoeficiencia se convierte en una filosofía empresarial mediante la cual se adoptan nuevos hábitos para lograr mayor eficiencia en el consumo de recursos, y se desarrollan medidas para una menor generación de residuos. Entre los aspectos a resaltar se encuentran agua, energía, transporte, suministros y construcción/mantenimiento de edificios.

Un claro ejemplo es el caso del BBVA que presenta en el año 2008, su plan global de ecoeficiencia para reducir el 20% de sus emisiones de CO2 hasta el año 2012, con un presupuesto de 19 millones de euros, que significarán una reducción de costos operativos de 1.5 millones de euros por año, entre las líneas de acción definidas destacan: reciclaje de residuos informáticos, reducción del consumo de energía, de agua y de papel por empleado, política de compras sostenibles, ampliar las certificaciones ISO 14001 de sus oficinas, implantar certificaciones LEED en su sede de México, Madrid y Paraguay, uso de video conferencias y reducción de viajes de ejecutivos, entre otros.